Читать книгу Comentarios a la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética онлайн
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El precepto enlaza de una forma directa con el que se analiza en el apartado siguiente porque las grandes dificultades se presentan, a menudo, en el conocimiento y la realidad sobre qué se considera regresivo porque realmente es un concepto que queda muy condicionado por el conocimiento científico y el estado de la cuestión sobre cada una de las facetas que integran el concepto de medio ambiente.
d) La mejor y más reciente evidencia científica disponible, incluyendo los últimos informes del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), de las Naciones Unidas.
Se incluye aquí una referencia, ciertamente, compleja que viene a llenar o a inspirar el conjunto normativo. El legislador debe asumir en sus normas los están-dares que proceden de la mejor y la más reciente evidencia científica disponible. Es claro que la referencia al IPCC solventa –en gran medida– uno de los problemas esenciales cual es la forma de objetivación de las evidencias científicas. Otro, que no se resuelve solo con la concreción es la propia asunción en la respectiva norma ya que esta técnica de normas en blanco, completadas con referencias científicas cuya certeza cuesta demostrar y, en muchos casos, encontrar es un marco complejo con el que conviven –como pueden– las normas administrativas en temas como la responsabilidad patrimonial sanitaria, ambiental o, en el ejercicio de determinados ámbitos de responsabilidad sectorial de carácter sancionador.