Читать книгу Los procedimientos monitorios. Común, gastos de comunidad, cambiario, desahucios por falta de pago y de vivienda okupada, europeo, crédito de abogado y procurador, y notarial онлайн
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Así se están consiguiendo dos importantes mejoras respecto del juicio ejecutivo que, como es sabido, era el instrumento con el que se contaba hasta entonces para la efectividad de determinados y limitados créditos:
1.° El deudor que formule oposición no verá mermadas sus posibilidades defensivas puesto que la oposición se ventilará, salvo en algunos supuestos muy concretos, mediante un proceso común, el ordinario o el verbal, plenario y con total eficacia, sea el mismo al que correspondería por la cuantía en el caso del monitorio de los artículos 812 a 818, o del artículo 17.1 del Reglamento (CE) 1896/2006, o el verbal adecuado conforme a la materia en otros casos como el cambiario (artículo 826 LEC) o el de desahucio por falta de pago (artículos 2501.1 y 440.3 LEC). Todo ello sin perjuicio de que, en el caso de las reclamaciones de abogado y procurador frente a sus clientes, los trámites de oposición sean especiales por no corresponderse con ninguna de las modalidades correspondientes a los juicios comunes (artículo 34 y 35 LEC), o incluso, como ocurre en el desahucio de okupas, propiamente no exista esa oposición en cuanto meramente se instrumenta esta técnica en un incidente dentro de un juicio posesorio. En cualquier caso, el reforzamiento de la posición del demandante, peticionario o acreedor que implica el monitorio, curiosamente se compadece con la ampliación de los derechos constitucionales contenidos en los artículos 24 y 14 CE a favor del deudor.