Читать книгу Los procedimientos monitorios. Común, gastos de comunidad, cambiario, desahucios por falta de pago y de vivienda okupada, europeo, crédito de abogado y procurador, y notarial онлайн
24 страница из 64
2. El monitorio como evolución mejorada y esencialmente diversa del juicio ejecutivo
Si bien se mira, el monitorio representa una evolución legislativa mejorada del anterior juicio ejecutivossss1 o, al menos, sin duda se ha tenido muy en cuenta la experiencia acumulada acerca del mismo. Eso no significa que se trate de idéntico proceso, ni, desde el punto de vista de su naturaleza jurídica, que se trate de una tutela equivalente. Desde luego, aunque consista en una evolución del ejecutivo, no se tratará de un proceso de ejecución ni siquiera de una mera preparación del mismo. De hecho, aunque sobre la naturaleza del juicio ejecutivo mucho se había tratado, en mi opinión, ya con la vigencia de la LEC 1881 concurrían elementos suficientes para ser considerado como un proceso de declaraciónssss1. Siendo así, ya no es solamente que el monitorio queda deslindado perfectamente del ejecutivo sino que, además, aunque no lo hiciera, todavía cabría negar su naturaleza de proceso de ejecución.
Lo bien cierto es que el monitorio puede ser entendido como una reacción a la actitud habitualmente pasiva que suelen adoptar los deudores demandados. Con la misma, la reclamación extrajudicial se lleva a sede judicial. De esa forma sirve para que el órgano jurisdiccional, concretamente a través del Letrado de la Administración de Justicia, avise al deudor para que cumpla con el deber de prestación (sea el de pagar o, actualmente también, el de abandonar el inmueble arrendado por falta de pago de la renta) o, al menos, para que “dé razones” por las que no debe hacerlo puesto que, en caso contrario, no habrá más que “hablar” (así se elimina otros trámites). Por último, en caso de pasividad, concluirá la fase declarativa comprobando el reconocimiento ficto que su actitud supone, y que permitirá, según los casos previa petición o sin ella, el inicio del proceso de ejecución como si de una sentencia de condena se tratara.