Читать книгу El ocaso de los dominios valencianos de los Medinaceli. El tránsito del antiguo régimen al liberalismo en los estados señoriales de Segorbe, Dénia y Aitona онлайн

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CUADRO 10

Ingresos de la Casa ducal por partición de frutos en La Vall d’Uixó en 1765

RealesAlgarrobas, 5.807 arrobas21.758Higos, 1.121 arrobas8.262Aceite, 350 arrobas7.875Trigo, 45 cahíces6.300Hoja de morera y hortalizas3.107Vino, 455 cántaros1.662Pasas, 55 arrobas575Otros cereales, 5 cahíces y 6 barchillas488Corcho383Garbanzos, lentejas y habas, 35 barchillas322Maíz, 2 cahíces y 4 barchillas182Cáñamo, 1,5 arrobas53Total50.967

Fuente: Elaborado a partir de la visita general de 1765. En ADM, Segorbe, leg. 15/21, ff. 33v-35r.

No obstante, el detalle que más destaca en la renta nobiliaria de La Vall d’Uixó es la insignificancia del tercio diezmo, inferior al 1% de los ingresos. ¿Cómo se explica un valor tan menguado para una de las principales prestaciones señoriales? Durante los primeros años de la conquista cristiana, la población morisca de La Vall d’Uixó pagaba la octava parte de las cosechas al rey en concepto de partición de frutos,44 y quedaba libre del diezmo y primicia; era el propio monarca quien satisfacía estos impuestos eclesiásticos al obispado de Tortosa.45 Con posterioridad, una vez consumado el traspaso del dominio de estos territorios al duque, se convino que las poblaciones de La Vall d’Uixó y Fondeguilla pagasen anualmente al obispado una cantidad única en metálico, lo que históricamente se conoce como diezmo compuesto, cifrado en estas localidades en 67 libras y 10 sueldos.46 De esta manera, las escasas rentas procedentes del diezmo y primicia de las cosechas agrícolas se pagaban en metálico al obispado de Tortosa y el duque no percibía emolumento alguno. La única consignación que por razón de diezmos aparecía en la renta nobiliaria era la de los ganados.


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