Читать книгу La democracia a prueba. Elecciones en la era de la posverdad онлайн

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En México la definición del trazo de los distritos debe apegarse a los principios rectores de la función electoral, en especial al de imparcialidad. La Constitución señala que cada tres años se elegirán 300 diputados federales por el principio de mayoría relativa en igual número de distritos electorales federales, y que habrá 200 diputados de representación proporcional electos en cinco circunscripciones. A efecto de que cada diputado electo por el principio de mayoría represente a un número equivalente de mexicanos, y por tanto no haya sub o sobrerrepresentación política de la población, el mapa distrital del territorio nacional debe actualizarse periódicamente atendiendo a la distribución demográfica de los habitantes del país.

La representación poblacional en el Congreso, en particular en la Cámara de Diputados –ya que en el Senado cada entidad federativa tiene el mismo peso–, está regulada en el artículo 53 de la Constitución, que a la letra indica: «La demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, sin que en ningún caso la representación de una entidad federativa pueda ser menor de dos diputados de mayoría».


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