Читать книгу Lecciones de Derecho Mercantil Volumen I онлайн
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2. EL DERECHO CONTABLE
A) El Código de Comercio de 1829 ya contenía un detallado régimen jurídico de la contabilidad de los comerciantes (arts. 32 a 55), exigiendo que fuera llevada en determinados libros obligatorios que previamente debían ser legalizados por el Tribunal de Comercio del lugar del domicilio del comerciante (art. 40). El Código de Comercio de 1885 conservaba sustancialmente el régimen jurídico precedente, en el que introducía pequeñas modificaciones (arts. 33 a 49). Estas normas hubieron de ser modificadas para adaptarlas a una realidad muy distinta a la del siglo XIX. Así, la Ley 16/1973, de 21 de julio, ya modificó considerablemente las disposiciones sobre contabilidad del Código de Comercio, suprimiendo el carácter obligatorio de la llevanza de algunos de los libros tradicionales (como el Libro Mayor o el Libro copiador de cartas y telegramas) y posibilitando la mecanización contable al autorizar la realización de asientos y anotaciones sobre hojas que después debían ser encuadernadas.