Читать книгу Lecciones de Derecho Mercantil Volumen I онлайн
51 страница из 239
No obstante, nada impide que un profesional liberal sea simultáneamente empresario, salvo incompatibilidad legal de ambas profesiones. A la profesión liberal se añadirá entonces la profesión mercantil, o viceversa. Así acontece, por ejemplo, en el caso del licenciado en farmacia que, previos los trámites administrativos correspondientes, abre al público una oficina de farmacia. El farmacéutico no es comerciante en cuanto farmacéutico, sino en cuanto titular de un establecimiento abierto al público en el que revende medicamentos y productos análogos y complementarios.
Es necesario señalar que en los últimos años algunas leyes, convirtiendo un adjetivo en sustantivo, han comenzado a utilizar el término «emprendedor», que tiene un contenido más amplio que el de empresario (así, Ley 11/2013, de 26 de julio, Ley 14/2013, de 27 de septiembre y RDL 16/2013, de 20 de diciembre). El emprendedor es aquella persona física o jurídica que desarrolla en el mercado sea una actividad empresarial, sea una actividad profesional (v. art. 3 Ley 14/2013, de 27 de septiembre). En este sentido, tan emprendedor es el empresario como el profesional. De este modo, se inicia una tendencia hacia la unificación de estas dos clases de sujetos, aplicando a ambos algunas medidas de fomento de la actividad (como, por ej., la posibilidad de que el emprendedor que sea persona física limite la responsabilidad por las deudas que traigan causa de la actividad que ejercite: v. arts. 7 a 11 Ley 14/2013, de 27 de septiembre).