Читать книгу Principios de Derecho Mercantil (Tomo II) онлайн

76 страница из 110

VII. PAGARÉ

A. Noción y caracteres

La Lc regula el pagaré como un título que tiene un régimen extraordinariamente parecido al de la letra de cambio. Tanto es así, que en varios países es considerado como una modalidad de la letra. La nota diferencial más relevante radica en que mientras que la letra de cambio contiene una orden incondicionada del librador al librado de pagar una determinada suma, el pagaré contiene una promesa incondicionada de un sujeto (el firmante del pagaré) de pagar a otro (cuyo nombre figura en el título) una suma determinada.

Desde el punto de vista formal, las menciones que debe tener el pagaré se asemejan a las de la letra, si bien con la diferencia de que en el caso del pagaré se simplifican las personas que figuran normalmente en el momento de la emisión, ya que en lugar de aparecer el librador, el librado y el tenedor del título (como sucede en la letra), sólo figuran quien lo emite (denominado «firmante» y no librador) y la persona a la que se ha de hacer el pago (el tenedor) (cfr. arts. 1 y 94). La denominación del emitente como «firmante» del pagaré quizá se deba a que queda obligado de igual manera que el aceptante de una letra de cambio (v. art. 97.1.º) y no como un simple librador.

Правообладателям