Читать книгу La Relación Laboral Especial de los Abogados en Despachos онлайн

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Inútil es disentir de estas justificaciones, bien que a partir de su aceptación surgen dos cuestiones polémicas: primera, si la concurrencia de aquellos tres fundamentos justifica la creación de una rle, a lo que entiendo que debe prestarse contestación afirmativa; segunda, si la concurrencia de semejante fundamento no viene compartido, claramente en las dos primeras justificaciones, por el ejercicio de otras varias actividades profesionales liberales, lo que también merece a mi juicio respuesta positiva. El que se constituyan o no en el futuro algunas nuevas relaciones laborales –por ej. respecto del ejercicio de la medicina en régimen laboral, cuyos sujetos acaparan el protagonismo en el funcionamiento del servicio nacional de salud constitucionalmente diseñado– es, como se dijo, cuestión de oportunidad o/e influencia políticas que se saldará, por tanto, histórica y no lógicamente, o sea, de modo imprevisible.

Al lado de estas reflexiones incontestables, irá borrándose progresivamente el recuerdo del primer impulso que recibió la relación laboral especial de los abogados, no otro que el intento de frenar, a través de su creación, las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social respecto de un elevado número de abogados pertenecientes a despachos de abogados. Presumiendo la laboralidad común de vínculos concertados con sujeción a regímenes jurídicos muy diversos, iniciaban los funcionarios inspectores el levantamiento de actas de liquidación de cuotas, en muchos casos multimillonarias, por los últimos cuatro años, respecto de aquellos abogados que no fueran titulares de los despachos en los que prestaban servicios, lo que venía a suponer la asfixia para numerosos bufetes, especialmente alarmados los más grandes.

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