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La queja debe ser remitida al Colegio de Abogados, por registro de entrada, fax o e-mail a través del formulario que se acompaña y a disposición de los letrados en la página web del Colegio, adjuntando, en su caso, los medios de prueba que fueran pertinentes.

El Presidente/a de la Comisión examinará la recepción de los escritos, por si estos fueran competencia de otra Comisión, y los remitirá a la competente.

Admitida la queja, se abrirá expediente y se le dará un número de entrada interno, asignándose un instructor/a por el Presidente/a.

El instructor/a se pondrá en contacto, caso necesario, con el compañero/a que formuló la queja, acusándole recibo, y ampliando la información o solicitando documentación.

El instructor/a formulará propuesta de resolución a la Comisión, que se someterá a la aprobación de la Junta de Gobierno, en base al siguiente íter:

ARCHIVO.

– Si no es competencia de la CRAJ, con remisión a otra Comisión

– Si no es veraz

– Carecer de entidad por sí sola para proceder a su tramitación.

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