Читать книгу Derecho Financiero y Tributario. Lecciones de cátedra онлайн

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No hay peculiaridades destacables respecto a la utilización del decreto legislativo en materia financiera. Únicamente señalar que, como consecuencia de la exclusión de esta fuente para regular las materias que deben ser objeto de ley orgánica, no cabe la delegación legislativa respecto de las dos siguientes: la composición, organización y funcionamiento del Tribunal de Cuentas, que se reserva a la ley orgánica en el artículo 136.4 CE; y la determinación de las competencias financieras asumidas por las Comunidades Autónomas, que se reserva a la ley orgánica en el artículo 157.3 CE.

En el ámbito tributario, como consecuencia de la dispersión existente en la regulación de algunas figuras tributarias, se han llevado a cabo con frecuencia recopilaciones normativas mediante decretos legislativos. Este es el caso, entre otros, del Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, o del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

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