Читать книгу Derecho Financiero y Tributario. Lecciones de cátedra онлайн

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Para concluir estas breves referencias a la costumbre como fuente supletoria del Derecho Financiero, conviene señalar que en ocasiones se han considerado como formas imperfectas de costumbre las prácticas administrativas y los precedentes administrativos. Las primeras consisten en una reiteración de conductas y comportamientos de la Administración, en una forma constante, pues, de actuación de los órganos administrativos; y por precedente administrativo se entiende la norma inducida de varias decisiones de la Administración, o lo que es igual, el criterio decisorio aplicado con reiteración por un órgano administrativo. Ninguna de estas formas, por sí mismas, vinculan ni a la Administración ni a los administrados, y por consiguiente es difícil calificarlas de fuentes del Derecho. Sin embargo, el precedente administrativo no carece por completo de eficacia o valor para los particulares, ya que, como señala R. Calvo Ortega, el cambio de criterio decisorio puede suponer un síntoma de desviación de poder y, en consecuencia, el precedente puede ser alegado para impedir la quiebra de los principios de seguridad jurídica, de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos y de igualdad ante la ley.

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