Читать книгу Derecho Financiero y Tributario. Lecciones de cátedra онлайн
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Aunque la jurisprudencia a que alude el precitado artículo 1.6 del Código Civil se refiere estrictamente a la dimanada del Tribunal Supremo, resulta imprescindible referirse también a la de otros Tribunales de Justicia, en concreto la del TC, de los Tribunales Superiores de Justicia de las CCAA y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pues, en lo que afecta al Derecho Financiero, puede tener mayor relevancia incluso que la emanada del Tribunal Supremo.
La doctrina del TC, máximo intérprete de la Constitución, es la que ofrece un mayor grado de eficacia como fuente del Derecho, llegando en ocasiones a expulsar del ordenamiento jurídico normas legales, puesto que su doctrina vincula a los poderes públicos en la interpretación y aplicación de leyes y reglamentos, de manera que, como ha escrito J. J. Ferreiro Lapatza, el TC ayuda a fijar los contornos del citado ordenamiento.
La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha acuñado –en algún caso, antes incluso de su plasmación en los Tratados–, una serie de principios y reglas generales, como la primacía del Derecho comunitario sobre los Derechos nacionales o el efecto directo del Derecho comunitario, que tienen singular relevancia, de modo que se puede reconocer que su doctrina es fuente complementaria del Derecho Financiero y, a veces, innovadora de su ordenamiento.