Читать книгу La seguridad jurídica онлайн

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Es PÉREZ LUÑO, el que en una primera aproximación el término “seguridad jurídica” lo identifica con un hecho o con un valor, es decir, un determinado estado de cosas o un ideal a alcanzar. Como hecho se identifica con la seguridad de la legalidad, como valor enlaza con la justiciassss1. Para despejar dudas distingue este autor, dos acepciones básicas del término. La que denomina seguridad jurídica strictu sensu, donde la seguridad jurídica “se manifiesta como una exigencia objetiva de regularidad estructural y funcional del sistema jurídico a través de sus normas e institucionesssss1. Y, una segunda, subjetiva que se identifica con la certeza del Derecho, en el sentido de que la ciudadanía pueda conocer y, por tanto, adecuar sus actos a lo mandado, permitido o prohibidossss1. En este sentido subjetivo, apunta CASTILLO BLANCO que no se identifica sólo con la certeza del Derecho objetivo, sino también la certeza en el “conocimiento de los derechos y las obligaciones, certeza en las consecuencias de los propios actos. Así, la seguridad jurídica entendida como certeza supone, de un lado, la exactitud en la regla de Derecho aplicable y en su contenido. De otro lado, también, en la previsibilidad o predictibilidad de la actuación tanto propia como ajena”ssss1.

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