Читать книгу Declaración de voluntad en un entorno virtual онлайн

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Por tanto, la comparecencia era necesariamente física e inmediata pero lo cierto es que nada obsta, con la misma definición, a que la comparecencia siga siendo física pero mediata, esto es: que se realice por medios audiovisuales de transmisión en tiempo real que permitan que los comparecientes estén juntos, aún cuando lo estén en distintos lugares. A la comparecencia clásica la podemos llamar “comparecencia física inmediata” y a este nuevo concepto “comparecencia física mediata”.

En consecuencia, el único modo posible, en la actuación a distancia, es mediante la utilización de medios de transmisión de audio y video en tiempo real que permitan trasponer el concepto de presencia inmediata física (la del compareciente en el despacho notarial físicamente) a la presencia mediata física (la del compareciente en el despacho notarial telemáticamente), quedando totalmente excluida la comparecencia electrónica en la que no hay presencia ni mediata ni tampoco inmediata.

3.2. La capacidad en los certificados electrónicos


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