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En nuestro país, como es sabido, ya hace tiempo se apostó por la congelación del parque de centrales nucleares, y las existentes han llegado o no tardarán en llegar al final de su “vida de diseño” (cifrada en 40 años desde su puesta en funcionamiento), precisando para seguir en funcionamiento (para prolongar su “vida útil”) de la pertinente autorización prevista por la normativa sectorialssss1.

A la fecha de redacción y divulgación de la Estrategia de transición justa dos centrales nucleares se encontraban ya cerradas sin haber concluido o iniciado siquiera su proceso de desmantelamientossss1. Las comarcas de emplazamiento de estas dos centrales constituyen, pues, el último foco de atención del plan de acción urgente y de los convenios a los que luego haremos referenciassss1. El porvenir de las centrales todavía en activo y de sus zonas de emplazamiento es difícil de prever, pues ni siquiera la nueva ley contiene ninguna previsión explícita sobre esta fuente de energíassss1.

4. LA ANTICIPACIÓN NORMATIVA DE CIERTAS PREVISIONES DE LA ESTRATEGIA

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