Читать книгу Derecho y energías renovables онлайн

474 страница из 538

No obstante lo anterior, otras reformas del PECV serán precisas y se incluirán en a través del Decreto-ley 14/2020, de 7 de agosto, cuyo alcance es de mayor relieve ya que contiene una reconsideración, como su propia denominación indica, de las medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables “por la emergencia climática y la necesidad de urgente reactivación económica”, lo que veremos más adelante.

Por su parte, la Ley 5/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (LOTPP), que derogará la ley de 1989, se limitará a incluir en su art. 2.3, entre los fundamentos de la política territorial (art. 2.3.g), el incremento de la eficiencia en la transformación, transporte y utilización de los recursos energéticos en la Comunidad Valenciana, principalmente fomentando el uso de energía procedente de fuentes renovables. Imponiendo a la planificación territorial establecer (art. 24.1), de acuerdo con las previsiones efectuadas por las administraciones competentes, el marco para la implantación de instalaciones de aprovechamiento de las fuentes de energía especialmente renovable, con capacidad suficiente para, al menos, satisfacer las necesidades presentes y futuras de la Comunidad Valenciana.

Правообладателям