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En dicho contrato se especificó que se celebraba con las siguientes clausulas específicas: “De personas con discapacidad en centros especiales de empleo”. Igualmente se fijó periodo de adaptación al empleo, con carácter de periodo de prueba, según convenio colectivo, inferior a seis meses.

Con fecha 6 de junio de 2.017 las partes firmaron modificación de jornada, pasando a prestarse a razón de 25 horas semanales, distribuidos de lunes a domingo “según necesidades organizativas de la empresa…”:

Con fecha 12 de junio de 2.017 se acordó una nueva modificación pasando a duración de 30 horas, “… distribuidas de lunes a domingo según necesidades organizativas de la empresa con los descansos establecidos en la ley”.

Con fecha 20 de junio de 2.017 se firmó nueva ampliación de la jornada de trabajo pasando a ser a 34 horas semanales con la misma distribución.

En la hoja de salario de marzo de 2.018 constaba un salario bruto mensual incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias de 790,64 €, correspondiente a jornada de 34 horas.

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