Читать книгу Estudios procesales sobre el espacio europeo de justicia penal онлайн

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1.ª) Procedimiento de investigación

a) Iniciación, que comienza con el decreto de incoación una vez se ha asumido la competencia por el FE.

b) Designación del Juez de Garantías.

c) Primera comparecencia.

d) Práctica de actos de investigación.

e) Adopción de medidas cautelares personales y reales.

f) Conclusión, que puede ser la usual o por conformidad.

2.ª) Fase de preparación del juicio oral (fase intermedia):

a) Escrito de acusación.

b) Escrito de defensa.

c) Audiencia preliminar.

d) El sobreseimiento como alternativa.

e) Apertura del juicio oral.

f) Emplazamiento de las partes para el acto del juicio oral.

Me parece una buena solución transitoria, para la nueva LECrim no tanto, pues estoy a favor del principio de la simplificación procedimental, como he defendido supra.

El problema es que el AntPLECrim. contiene en sus normas muchas previsiones que ya va a regular este anteproyecto de adaptación de la FE, de manera que, como ya apuntamos al principio de este escrito, no se sabe muy bien qué pasará cuando finalmente la LECrim entre en vigor, si entra, siendo la solución más probable la derogación, al menos en la parte procedimental, de la ley que un día será el anteproyecto que aquí estudiamos. Ello porque:

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