Читать книгу Estudios procesales sobre el espacio europeo de justicia penal онлайн
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La complejidad de este embate es innegable. Nos movemos en un ámbito jurídico y personal de posible restricción de derechos humanos y de libertades fundamentales de las personas (particularmente en relación con las personas que figuren como sospechosas o acusadas) y muy sensible hacia la sociedad en general y cada individuo en particular por las, a veces, severas e irreparables consecuencias de estigmatización que implica el proceso penal, haciéndose por ello irrenunciable la ubicación, jurídica y social, del Derecho Penal como un recurso de ultima ratio, al que se acude ante conductas tipificadas de forma clara, delimitada y precisa (asegurando la previsibilidad de su aplicación y consecuencias) y en las cuales haya habido intencionalidad o negligencias graves. Conductas ilícitas que han causado daños (pecuniarios o no pecuniarios) para la sociedad o para individuos o colectivos y que pueden ser respondidas a nivel común tomando como base penal para ello determinados principios generales consolidados en las tradiciones de los Estados miembros como son los relativos a la culpabilidad individual, por la cual solo se fijan penas para actos que se han cometido intencionadamente o, en casos excepcionales, para actos que impliquen negligencia grave, a la seguridad jurídica, en cuanto la necesaria preexistencia de una norma que describa los elementos que componen una infracción penal y que debe haber sido redactada con la precisión necesaria para que cualquier ciudadano pueda anticipar las acciones por las que se le puede exigir responsabilidad penal, el principio de irretroactividad de la ley penal salvo los casos excepcionales en que se pueda beneficiar al infractor, y el principio ne bis in idemssss1, sancionado en el art. 50 CDFUE, determinando que nadie podrá ser acusado o condenado penalmente por una infracción respecto de la cual ya haya sido absuelto o condenado en la Unión mediante sentencia penal firme conforme a la ley.