Читать книгу Régimen disciplinario castrense онлайн

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Es común a la mayoría de los fueros de la Edad Media exigir a los ciudadanos que poseyeran armas adecuadas a las condiciones de fortuna; tradición germánica, que culminaba en importantes exenciones y ventajas socialesssss1. La prestación del servicio militar era considerado como un deber público al que estaban sujetos todos los naturales de la localidad en edad y condiciones de combatir, generando su incumplimiento el pago de pena pecuniaria, para más tarde adoptar un precio de redención del servicio militar bajo la institución de la fonsaderassss1.

Por lo que respecta a la dirección y potestad militar, se caracteriza por la ausencia de una organización profesional cualificada y estable, nota común a otras normas militares medievales. Así, los señores feudales organizan sus mesnadas conforme a sus gustos y aficiones, dan los empleos a quienes le place y en cada expedición hacen capitanes a sus deudos o escuderos. Ahora bien, en las huestes concejiles la función directiva es pública y se halla reglamentada en la ley, debiendo marchar al frente de la hueste el Señor de la Ciudad con el Juez y los Alcaldes y que del gobierno de ésta quede encargado Juez suplente o factio y dos alcaldesssss1. De este modo, el mando aparece vinculado a autoridades civiles, temporales y electivas, sin perjuicio que para la dirección técnico-militar se valga de técnicos elegidos por ellos librementessss1.

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