Читать книгу Derecho de gracia y constitución. El indulto en el estado de derecho онлайн

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Pero los motivos de la decisión gubernamental aun basados en la oportunidad pública deben ser ciertos, expresos y tener conexión lógica con su ejercicio. El Gobierno puede adoptar actos discrecionales, pero nunca arbitrarios, en virtud del artículo 9.3 de la Constitución. Y así, podemos leer en la meritada resolución que se deben

“enjuiciar si las razones de Justicia, equidad o utilidad pública cuentan con apoyo real reconocible en los elementos reglados o formales que corresponden al expediente, pues de otra forma la absoluta inutilidad del expediente de indulto sería clamorosa”.

Y para rematar su exposición añade que se debe examinar

“si la concreta decisión discrecional de indultar ha guardado coherencia lógica con los hechos que constan en el expediente, pues ha sido el propio legislador el que ha limitado la citada discrecionalidad a la hora de ejercer la prerrogativa de gracia materializada en el indulto, estableciendo las razones a las que ha de responder el mismo, las cuales deben constar en el Acuerdo de concesión”.

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