Читать книгу Derecho de gracia y constitución. El indulto en el estado de derecho онлайн

15 страница из 142

“La concesión de los indultos, cualquiera que sea su clase, se hará en decreto motivado y acordado en Consejo de Ministros, que se insertará en la Gaceta”.

Es sorprendente que en 1988 –¡ya bajo la vigencia de nuestra Constitución!– se reformara este artículo para suprimir la referencia a la motivación que debía ofrecer –y debería hacerlo actualmente– el Consejo de Ministros. Por ello, no comparto la idea de que el artículo 35 de la Ley 39/2015 sea inaplicable a la decisión de indultar. Recordemos que este precepto, intitulado Motivación proclama que Serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho una serie de actos administrativos entre ellos, los actos que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales, cual es la concesión de un indulto.

En 2012 más de 200 jueces firmaron un manifiesto en protesta por el segundo indulto concedido a cuatro mossos d´escuadra que habían sido condenados por torturas: la decisión del Gobierno –protestaron– es impropia de un sistema democrático de derecho, ilegítima y éticamente inasumible. Y es que no se ofreció motivación alguna para indultar.

Правообладателям