Читать книгу Organización y llevanza del Registro Contable de Valores: responsabilidad de la sociedad de sistemas y entidades participantes онлайн

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La cuestión es pacífica por tratarse de una sociedad con funciones delimitadas legalmente en el actual art. 98 y ss. del TRLMV, y, aunque tratándose de preceptos marco, contienen los suficientes elementos para considerar a la Sociedad de Sistemas como sociedad especial y fuertemente regladassss1, pues tiene funciones, y estructura ordenados legalmente.

II.1.2. Estatutos sociales

Los estatutos sociales y Reglamento interno están sometidos a la aprobación previa de la CNMV y deben ajustarse a los requisitos que señalan el art. 97 y ss. del TRLMV y los arts. 57 a 61 del RD 878/2015.

La Sociedad de Sistemas se rige por las “disposiciones del ordenamiento interno o del Derecho de la Unión Europea que les resulten aplicables” (art. 97.1.d TRLMV), por el RD 878/2015 y también por su propio Reglamento de la Sociedad de Sistemas, aprobado por el Consejo de CNMV en su sesión del 22 de diciembre de 2015ssss1 (al que se refiere el art. 101 LMV). Los estatutos sociales y sus modificaciones siempre requieren la aprobación previa de la CNMV, incluso en el caso de que alguna o varias entidades adquieran el capital de la Sociedad de Sistemas, según la Disp. Ad. 6.ª3 TRLMV. En cuanto al contenido, es el art. 57.2 del RD 878/2015, el que impone el mínimo que los estatutos sociales deben recoger:

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