Читать книгу Compensaciones e indemnizaciones en las relaciones familiares онлайн

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2. Cuando la aportación haya consistido en bienes fungibles y se hayan gastado íntegramente en beneficio de la sociedad de gananciales:

2.1. Pese a que la donación no se presume, también es cierto que admite la prueba en contrario, habiendo reiterado el Tribunal Supremo que quien invoca el ánimo de liberalidad ha de probarlo (SSTS 534/2018, de 28 de septiembre; 83/2013 de 15 de febrero y 1090/1995, de 19 de diciembre). Entiendo que una forma de probar ese ánimo de liberalidad es la constatación del destino que el cónyuge aportante ha querido dar a ese dinero, gastándolo en beneficio de la familia. De no haber prescrito el derecho a reclamar el reembolso, considero defendible la aplicación de la doctrina del retraso desleal en el ejercicio de los derechos ya que el hecho de gastar ese dinero durante años podría considerarse acto concluyente del cónyuge aportante que es plenamente consciente de que la familia está realizando gastos que no podrían haber mantenido, de no haber sido por su aportación de dinero privativo al patrimonio ganancial; y simultáneamente se ha creado en el otro cónyuge la expectativa de que dicho dinero no iba a ser reclamado, no solo por no haberse hecho la reserva, sino por los actos inequívocos del cónyuge aportante, al gastarlo en beneficio de la familia.

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