Читать книгу Medidas cautelares y diligencias preliminares en el ámbito civil онлайн
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Aun cuando este artículo pudiera estar en contradicción con el artículo 732.2 de la LEC, una interpretación amplia del primero permitiría al actor proponer en la vista otras pruebas secundarias dirigidas a justificar la concurrencia de los requisitos necesarios para decretar las medidas, así como hacer las manifestaciones que estime pertinentes en orden a la procedencia de las medidas que solicita. De lo contrario no se entendería la lógica de la existencia del referido precepto, que permite al actor, como vemos, exponer lo que a su derecho convenga y proponer y practicar prueba en la vista.
Por otra parte, no debemos olvidar que estamos en un procedimiento de medidas cautelares, por lo que las manifestaciones que se hacen en este proceso y las pruebas que se propongan y practiquen a instancia del actor van exclusivamente dirigidas a fundar, por parte del Tribunal, sin prejuzgar el fondo del asunto, un juicio provisional e indiciario favorable al fundamento de su pretensión (artículo 728.2 de la LEC), por lo que, no es este el trámite para hacer pronunciamientos que puedan condicionar la resolución del fondo del pleito, por cuanto nos vemos en juicios indiciarios y provisionales”. (Énfasis añadido).