Читать книгу Sistemas teóricos y prácticos del derecho de aguas онлайн
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D) Para concluir con la relativización de la competencia exclusiva, la doctrina científica fija dos parámetros especiales que se deben dar; a) La independización de la titularidad de la competencia que necesita de criterios auxiliares (finalidad, especialidad y accesoriedad); y b) Reparto de la función legislativa (bases-desarrollo) y distinción de las funciones (legislación-ejecución).
A.2) Competencias concurrentes (reticulares o de confluencia). Especial aplicación de los criterios de las SSTC de 29 noviembre 1988 (STC 227/1988) y de 12 diciembre 2007 (STC 247/2007) y otra jurisprudencia constitucional relacionada
El rasgo característico de este tipo de competencias concurrentes consiste en que el Estado hace la Ley básica y las CC.AA. la desarrollan.
Los títulos competenciales indirectos o sectoriales se sitúan en el terreno de las competencias concurrentes, de confluencia o reticulares como una malla. En la materia concreta de las aguas son medio ambiente, espacios naturales, agricultura, pesca, ordenación del territorio y urbanismo(o política territorial), sanidad, montes, etc.