Читать книгу La censura de la palabra. Estudio de pragmática y análisis del discurso онлайн

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Admitido que el ejercicio del poder no tiene por qué ser necesariamente malo, se puede añadir que no todo poder es obligatoriamente dominante ni hegemónico. El grupo Anonymous, cuyos miembros comparten una ideología anarquista en el gobierno de internet, no defienden el pensamiento hegemónico en las sociedades en las que vive y, pese a ello, detenta el poder suficiente para censurar páginas web de gobiernos e instituciones públicas y privadas. Esto sucedió, entre otros casos, en diciembre de 2010 cuando miembros del grupo atacaron las páginas web de la Fiscalía sueca y de diferentes compañías privadas que apoyaban las medidas coercitivas del Gobierno de EE. UU. contra la organización WikiLeaks.ssss1

También sería un acto censorio nada dominante ni hegemónico, y ahora al alcance de cualquier usuario de internet, la repetición de un comentario por parte de quien opina sobre una noticia en una publicación digital con el fin de desplazar fuera de la pantalla –la medida textual del nuevo medio– los anteriores comentarios de aquellos otros que no comparten sus ideas. Y es que el poder no es una fuerza estática e independiente de cada situación, sino una forma de comportamiento en una situación determinada.ssss1 Thornborrow (2002: 8-9) considera que el poder es «a contextually sensitive phenomenon», en el que la asimetría entre los participantes no ocurre únicamente en la comunicación institucional, sino que también puede darse en la comunicación cotidiana. La diferencia en el caso de la interacción dentro de una institución se encuentra en que la identidad y el papel de los participantes y, en consecuencia, la asimetría se reconoce en el propio contexto, si bien se redefine en cada momento de la interacción. En cambio, en la interacción conversacional coloquial la simetría o asimetría entre los participantes se crea en la construcción de turnos. En definitiva, el poder de aquel con una identidad censoria en muchos casos se limita simplemente a la capacidad de que su acto de censura tenga efecto –se satisfaga (§ 4.2)– en un momento determinado, más que a una dominación y a una hegemonía ideológica en la sociedad en la que vive.


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