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b) Tratados bilaterales, que, regulando materias distintas, contienen disposiciones que afectan al IRPF
Un ejemplo típico de éstos lo ofrece el Tratado de Amistad y Cooperación con Estados Unidos o el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos económicos.
c) Tratados multilaterales en los que España sea parte
Piénsese en los beneficios e inmunidad fiscal de que gozan en territorios de los Estados miembros los altos funcionarios de organizaciones internacionales de las que España es miembro: ONU, OIT, FAO, FMI, etc., o en las exenciones reconocidas a miembros de los Cuerpos Diplomáticos por los Convenios de Viena sobre relaciones diplomáticas y sobre relaciones consulares, a los que España ha prestado también su adhesión.
d) Tratados con organismos internacionales
Es el caso de todos aquellos Tratados en los que se acuerda el establecimiento de la sede de un organismo internacional en nuestro territorio –tal como ocurre, por ejemplo, con la Organización Mundial del Turismo–, lo que lleva aparejada la aplicación a sus funcionarios de un régimen tributario especial, y muy frecuentemente su equiparación al personal diplomático.