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Junto a estas normas básicas, la Constitución recoge normas más alejadas de una pura economía liberal de mercado y que vienen a establecer límites en la garantía y protección del ejercicio de dicha libertad. Esos preceptos van dirigidos a promover: a) las condiciones favorables a una política de estabilidad económica y pleno empleo (art. 40.1); b) la educación y defensa de los consumidores y usuarios (art. 51.1 y 2); c) el reconocimiento de la «iniciativa pública en la actividad económica» (art. 128.2); d) la subordinación de toda la riqueza del país al interés general (art. 128.1); e) el fomento de las sociedades cooperativas y el establecimiento de los medios de acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción (art. 129.2); y, f) la facultad de planificación de la actividad económica general (art. 131).

Dentro de este contexto, el artículo 51 de la Constitución otorgó rango constitucional a la protección de los intereses económicos de los consumidores y/o usuarios, motivando el desarrollo y delimitación de esos derechos por medio de la posterior Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, de 19 de julio de 1984, norma polémica que fue objeto de múltiples modificaciones posteriores, hasta su derogación por el Texto Refundido (aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre), que incorpora a nuestro ordenamiento jurídico una serie de directivas comunitarias en el ámbito de determinadas modalidades de contratación con los consumidores, como son los contratos celebrados a distancia y los celebrados fuera del establecimiento mercantil; la regulación sobre garantías en la venta de bienes de consumo; el régimen jurídico en materia de viajes combinados, así como la regulación sobre la responsabilidad civil por daños causados por productos defectuosos. A su lado han de ser consideradas toda una serie de disposiciones generales que pretenden de modo especial la protección de determinados intereses de consumidores y usuarios en el mercado (v. entre otras las lecciones 15 en la parte relativa a la Ley de Competencia Desleal y Ley General de Publicidad; 30, en cuanto se refiere a la Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación; y 31 en la parte referente a la Ley de Ordenación del Comercio Minorista).

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