Читать книгу Lecciones de Derecho Mercantil Volumen II онлайн

263 страница из 343

Si existen fundadas sospechas de falsedad en torno a la declaración del cargador, el porteador podrá verificar tanto el peso y medidas de las mercancías como el contenido de los bultos, siendo de su cuenta los gastos que se originen en caso de que la declaración del cargador resultase cierta (art. 26). Se contempla expresamente la posibilidad de que el cargador exija la realización de estas comprobaciones.

Prevé el legislador, que estas actuaciones se llevarán a cabo por el porteador en presencia del cargador o sus auxiliares, o, en caso de que no sea posible, ante Notario o con asistencia del Presidente de la Junta Arbitral del Transporte competente o persona por él designada (art. 26.3).

En estos supuestos, el resultado del reconocimiento deberá hacerse constar o en la carta de porte o en el acta que se levante al afecto (art. 26.4).

Debemos tener en cuenta que, si los bultos se presentan mal acondicionados o identificados, sin la documentación necesaria, o si su naturaleza o características no coinciden con las declaradas por el cargador, el porteador tendrá derecho a rechazar los bultos, comunicándolo debidamente al cargador (art. 27). De igual forma, podrá el porteador supeditar el traslado de la mercancía a la aceptación por el cargador de las reservas hechas en la carta de porte (art. 27.2).

Правообладателям