Читать книгу Régimen jurídico de la actuación administrativa. Volumen I. Acto y procedimiento; contratos; jurisdicción contencioso-administrativa онлайн

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Desde un punto de vista procesal, especial relevancia merece en primer lugar la distinción en los actos, si causan o no estado (esto es, que “ponen fin a la vía administrativa”, arts. 114 y 90. 4 PAC, a los efectos de interposición de recursos administrativos −arts. 121. 1 y 123. 1 LPAC− y contencioso-administrativo, y en el ámbito local, el art. 52 LRBRL).

Asimismo, también a estos efectos procesales, es relevante si los actos administrativos son firmes y consentidos, porque serían irrecurribles al tratarse de actos confirmatorios (art. 28 LJCA, supuesto que se debe diferenciar de la resolución expresa, impugnable también tras un silencio administrativo no impugnado, STC 14/2006).

En otros supuestos, para apreciar los efectos y el modo de revisar los actos administrativos, es relevante procesalmente la distinción entre actos favorables y los desfavorables. Los primeros favorecen al destinatario porque reconocen un derecho −actos declarativos de derechos− o porque eliminan una limitación −p. ej. retroactividad sancionadora favorable−, distinción relevante, v. gr.: en la desestimación en caso de falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio, art. 25. 1 a PAC; en la retroactividad, art. 39. 3 LPAC; en la declaración de lesividad de actos anulables del art. 107. 1 LPAC.

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