Читать книгу Practicum Ejercicio de la abogacía 2022 онлайн

1012 страница из 1286

Como requisitos para su ejercicio se señalan los siguientes: el accionante ha de probar el dominio de la cosa reclamada, se dirige contra el poseedor de la cosa que la posee de forma indebida y ha de identificarse perfectamente la cosa reclamada.

5/1280

B. Acción declarativa del dominio. Desde el punto de vista jurídico y jurisprudencial, la acción declarativa del dominio, al igual que la reivindicatoria, se destina a la protección del derecho de propiedad, tratando de obtener una mera declaración o constatación de la propiedad, que no exige que el demandado sea poseedor y le basta con la declaración de que el actor es propietario de la cosa; no se trata de recuperar la posesión y aunque se exime al actor de la prueba de la posesión por parte del demandado, éste puede tener un derecho para retener la cosa en su poder frente al demandante de la declaración del dominio. La acción declarativa del dominio no es sino una forma de las llamadas acciones meramente declarativas, caracterizada por el derecho a que se contrae, cuya finalidad es la de hacer cesar una situación de inseguridad jurídica. No intenta la condena del adversario, sino que se declare por medio de sentencia la existencia de una determinada relación de derecho puesta en duda o discutida, siendo su ámbito restringido, pues de ella sólo puede valerse quien tiene necesidad especial para ello, ya que debe existir la duda o controversia. Los requisitos exigidos para la viabilidad de la acción declarativa del dominio son dos: la presentación de un título que acredite la adquisición de la propiedad de la cosa y la perfecta identificación de la misma; no es, sin embargo, necesario que el demandado se halle en posesión de la cosa, y así lo ha manifestado reiteradamente la jurisprudencia.

Правообладателям