Читать книгу Practicum Ejercicio de la abogacía 2022 онлайн

803 страница из 1286

El pasivo está formado por:

1. Obligaciones todavía no satisfechas al tiempo de la terminación (artículo 1.422).

2. Deudas a favor del otro cónyuge (artículo 1.426).

a) Cálculo de las ganancias. Se determinan por la diferencia entre los patrimonios inicial y final de cada cónyuge (artículo 1.417). Pueden estimarse tanto por el sistema que brinda la Ley, como convencionalmente.

En el sistema legal los artículos 1427 y 1428 establecen.

Artículo 1427. Cuando la diferencia entre los patrimonios final e inicial de uno y otro cónyuge arroje resultado positivo, el cónyuge cuyo patrimonio haya experimentado menor incremento percibirá la mitad de la diferencia entre su propio incremento y el del otro cónyuge.

Artículo 1428. Cuando únicamente uno de los patrimonios arroje resultado positivo, el derecho de la participación consistirá, para el cónyuge no titular de dicho patrimonio, en la mitad de aquel incremento.

En el sistema convencional: el artículo 1429 señala que: Al constituirse el régimen podrá pactarse una participación distinta de la que establecen los dos artículos anteriores, pero deberá regir por igual y en la misma proporción respecto de ambos patrimonios y en favor de ambos cónyuges. Si existen descendientes no comunes, no podrá convenirse una participación que no sea por mitad (artículo 1.430).

Правообладателям