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La división en Títulos del articulado de la actual LGT sigue la de la anterior. No obstante, las modificaciones de sistemática y de terminología son abundantes. Entre otras razones, porque se han incorporado a la LGT una serie de preceptos que hasta ahora tenían rango reglamentario. O la regulación contenida en el Texto Refundido de Reclamaciones Económico-Administrativas. Igualmente se ha fundido en la LGT la de Derechos y Garantías de 1998. Todo ello, junto con las opciones expresadas por los redactores en este terreno de la sistematización, ha determinado cambios visibles en la extensión del texto y en aspectos de su sistemática. No tanto en la regulación sustancial, excepto en algunos puntos en que se aportan modificaciones de relieve, que pueden tener influencia práctica en el desarrollo de la aplicación de los tributos. A todo ello nos referiremos en el curso de la exposición.

Dentro de la codificación en sentido amplio, debemos incluir las Leyes propias de cada tributo. Tienen una Ley propia cada una de las figuras del sistema tributario estatal, dejando fuera las de menor alcance. En el ámbito de la Hacienda Autonómica, entendemos que cabe hablar como textos codificadores en el caso de la Ley Orgánica de Financiación de Comunidades Autónomas (LOFCA) y la reguladora del sistema de financiación autonómica (Ley 22/2009). En el de las haciendas locales, el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales(TRLRHL).

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