Читать книгу Manual de Derecho del Trabajo, Seguridad Social y Migraciones laborales онлайн
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El procedimiento de informes: Un Comité de juristas independientes, llamada Comisión de expertos por la aplicación de los convenios y recomendaciones, estudia los informes que los gobiernos deben transmitir regularmente, las críticas que las organizaciones empresariales y sindicales pueden expresar sobre los mismos, así como otras informaciones disponibles. Cuando identifica dificultades en la implementación de un convenio, formula comentarios comunicados directamente al Estado interesado; en los asuntos más importantes, pública estos en un documento sometido cada año a la Conferencia internacional del trabajo. Una de sus comisiones se encarga de la aplicación de las normas; discute con representantes de los gobiernos las situaciones más serias y la manera de poner fin a las discrepancias observadas. Informa el plenario de la Asamblea donde debates aún pueden tener lugar.
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El procedimiento de quejas: Otra forma de control válida para todos los convenios consiste en la posibilidad de introducir reclamaciones y quejas contra un Estado. Cualquier organización representativa de empleadores y de trabajadores puede presentar una reclamación a la OIT alegando que un país miembro no ejecuta satisfactoriamente un convenio ratificado. En ese caso, el Consejo de Administración de la OIT decide si establezca entre sus miembros un comité tripartito que conduzca un examen inicial del caso y presente sus conclusiones. El Consejo de Administración puede invitar al gobierno en cuestión a dar su opinión y ayudar en el análisis del tema. Si no recibiera una respuesta satisfactoria, el Consejo de Administración hace públicas la reclamación y la respuesta recibida. Como resultado o no de este examen, el Consejo de Administración tiene la posibilidad de iniciar una Comisión de Encuesta. La demanda puede igualmente ser realizada de dos maneras. Cualquier país miembro puede presentar una queja contra otro Estado que haya violado un convenio que ambos ratificaron, y un delegado a la Conferencia Internacional del Trabajo también puede introducir una queja. Esta es una de las raras instancias –y la única en el contexto de la OIT– en la que una queja pude ser presentada por un individuo, aunque este último sea, por su puesto, parte de una delegación del gobierno, de los empleadores o de los sindicatos.