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No hay a este respecto, al parecer, en la práctica francesa ninguna delimitación ni imposición previa por parte del Estado del ámbito territorial de estos contratos, aunque sí procesos de selección de candidaturas. Y tampoco parece estar limitada su promoción a los territorios con economía dependiente de explotaciones de carbón o térmicas de carbón, si bien alguno de los primeros contratos suscritos en Francia se refiere también a este tipo de territorios.
(2) En lo relativo a la preparación de estos contratos, se trata de procesos de marcado carácter participativo, impulsados y dinamizados por las autoridades estatales (que cumplen en este terreno logístico uno de sus cometidos principales dentro del sistema), diseñados con la finalidad de que sea la propia sociedad civil la que proponga los proyectos merecedores de apoyo, y que tendencialmente han de tener una breve duración (unos seis meses).
(3) La suscripción de los contratos parece estar abierta, como veremos que ocurre entre nosotros, no sólo a las Administraciones públicas implicadas, sino también a sujetos privados, en particular a las empresas dispuestas a ejecutar los proyectos seleccionados, pero distinguiendo entre el contrato propiamente dicho, que sólo firman las Administraciones, y un documento de compromiso (la charte d’engagement), que también suscriben las empresas promotoras de proyectos y otros sujetos intervinientes.