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La pandemia no solo ha afectado el desplazamiento de los participantes en los ensayos clínicos al centro. También ha dificultado el desplazamiento de los monitores y la capacidad de los centros para atenderlos en entornos seguros. Así parecería que la posibilidad de llevar a cabo una monitorización remota podría ser beneficiosa para todas las partes en circunstancias como la pandemia. Sin embargo, la legislación en protección de datos, la accesibilidad y configuración de los sistemas informáticos de los centros, así como los múltiples modelos de historia electrónica existentes, hacen que la monitorización remota no sea sencilla de implementar.

La Agencia Española del Medicamento y Productos sanitarios (AEMPS) ha establecido unas medidas excepcionales aplicables a los ensayos clínicos para gestionar los problemas derivados de la emergencia por COVID-19; entre estas medidas excepcionales se encuentra la monitorización remota. La AEMPS recomienda al promotor actualizar los planes de monitorización priorizando la monitorización centralizada y la monitorización remota de los centros participantes, siempre que no comporte sobrecargar de tareas al personal del centro y posponiendo en lo posible la verificación de datos fuente hasta poder acceder a la historia médica de manera presencial.

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