Читать книгу Los centros de protección específicos de menores con problemas de conducta онлайн

116 страница из 136

En el caso de los menores que van a ser ingresados o se encuentran ingresados en un centro especial para menores con problemas de conducta, estamos ante un procedimiento judicial. Se exige autorización judicial para el ingreso del niño en el centro. Previamente ha existido un expediente administrativo que ha terminado con el establecimiento de una guarda administrativa o con una declaración de desamparo y asunción de la tutela por la entidad pública. En esos procedimientos administrativos también se habrá oído al niño o se debería haber oído al niño.

Como el procedimiento que se abre ante el Juez de Primera Instancia del lugar en el que se encuentra el centro –regulado en el artículo 778 bis–es un procedimiento que puede terminar con una decisión sobre la procedencia del ingreso en un centro que se caracteriza porque en él se pueden ver limitados derechos constitucionales, es indudable que la decisión que adopte el Juez afecta a la vida del niño o la niña enormemente, incide en su esfera personal.

Правообладателям