Читать книгу Los centros de protección específicos de menores con problemas de conducta онлайн

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Está claro que el derecho del que tratamos no es una pura formalidad. Su reconocimiento significa que se escucha al niño o la niña y se tienen debidamente en cuenta sus opiniones. La única forma de cerciorarnos de que se han tenido en cuenta es que la decisión incluya en su motivación la opinión del niño, especialmente cuando se decida en contra de lo que el niño quiere y se justifique con detalle por qué se decide en su contra y se fundamente esta decisión en su interés superior. Indica el artículo 9 que “en las resoluciones sobre el fondo habrá de hacerse constar, en su caso, el resultado de la audiencia al menor, así como su valoración”.

También exige la ley motivación en el interés superior del menor en el caso de que el Juez deniegue la comparecencia o audiencia de los menores directamente o por medio de persona que los represente. La resolución motivada debe comunicarse al Ministerio Fiscal, al propio menor o quien lo represente, indicando explícitamente los recursos existentes contra la decisión.

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