Читать книгу Derecho de gracia y constitución. El indulto en el estado de derecho онлайн

57 страница из 142

La clemencia no se fundamentaba en la justicia sino en el propio poder. La gracia es un atributo del soberano y es ilimitada e incondicionada, por lo que otorgarla supone manifestar la soberanía sin requerimiento ni justificación alguna. Una cuestión diferente es el uso de la clemencia como medio instrumental para la cualificación del Rey respecto a sus súbditos, en orden a su consideración como soberano justo o clemente, o como mecanismo de oportunidad política, cuya última determinación corresponde al Rey como titular del poder Ejecutivossss1. La gracia, en el Estado absoluto, tiene dos elementos esenciales: poder y perdón.

La configuración de la gracia como manifestación de soberanía, hace que ésta sea posible en todo modelo de Estado, en tanto el poder es una cualidad de éste. El Estado de Derecho, igualmente fundamentado en el concepto de soberanía, convertirá la gracia en una potestad que dejará de residenciarse en el Rey como prerrogativa propia, para manifestarse en una función del Rey como representante del Estado. Para su ejercicio material, en un Estado de Derecho de poderes separados, se arbitrará la necesaria atribución competencial, a efecto de residenciar la potestad de su otorgamiento en alguno de los tres poderes.

Правообладателям