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ssss1. Sobre las nuevas perspectivas docentes que abren las nuevas tecnologías, ya se habló, antes de que estallara la epidemia en España, en AAVV, “La docencia del derecho en la sociedad digital”, DELGADO GARCÍA, ANA MARÍA Y BELTRÁN DE HEREDIA RUIZ, IGNASI, (coords.), Universitat Oberta de Catalunya, 2019.

ssss1. Pese a todo, ha de reconocerse que, aunque el teletrabajo en sí mismo –o la teledocencia en este caso–, por sí solo, no es la solución a los problemas de conciliación, sin duda, ayuda a mejorarla. Y es que la no presencialidad evita desplazamientos y suaviza los problemas de horarios que esto suele llevar aparejado, al mismo tiempo que, por supuesto, elimina el riesgo de contagio de aquellos docentes o estudiantes que convivan con familiares vulnerables, aspectos que, en sí mismos, sí tienen una importancia esencial a la hora de favorecer la conciliación, sobre todo en un momento histórico en el que la conciliación puede llegar a exigir esfuerzos desmesurados (recuérdese que, con la finalidad de prevenir contagios se ha impuesto al menos un día de no asistencia a los centros para hijos en edad escolar, cierres de centros de mayores y residencias de ancianos, imposibilidad de recurrir a la ayuda desinteresada que prestaban familiares cercanos para evitar focos de contagio, necesidad de atender a hijos y familiares en cuarentena, etc., haciéndose cada vez más difícil atender compromisos laborales y familiares simultáneamente).

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