Читать книгу El deber de información país por país en el ordenamiento jurídico español онлайн

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En la actualidad, consideramos que sigue sin resultar claro y definido el criterio de la agresividad para diferenciar desde un punto de vista jurídico aquellas conductas aceptables frente a las que no lo son. En este contexto, la tendencia tanto en la UE como a nivel doméstico parece ser la de ampliar, por ejemplo, el ámbito de la normativa antiabuso, más allá de conductas caracterizadas por su artificio, para incorporar a su propio ámbito otras conductas con efectos BEPS (Marín Benítez, G. “Capítulo 3. El concepto de planificación fiscal agresiva en BEPS: Una visión comparada con los conceptos de abuso de Derecho de la Unión y Derecho español”. En AA.VV. (2017). El Plan de Acción sobre Erosión de Bases Imponibles y Traslado de Beneficios (BEPS): G-20, OCDE y Unión Europea (pp. 85-108), y por ello toda disposición formal que sirva nominalmente a hacer efectiva esa lucha contra la elusión o el fraude fiscal, como pretende la UE en el preámbulo de la DAC4, para el intercambio automático de IPP.

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