Читать книгу Compensaciones e indemnizaciones en las relaciones familiares онлайн

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– ambos cónyuges comparecen en la Notaría y manifiestan que compran un inmueble con carácter ganancial, aunque los fondos empleados para tal adquisición tenían carácter privativo: estaríamos ante el supuesto de atribución de ganancialidad del artículo 1.355 Cc, por lo que si se acredita que el inmueble se compró con dinero privativo, no cambia la naturaleza ganancial, sino que procede incluir en el pasivo de la sociedad de gananciales un derecho de reembolso a favor del cónyuge aportante, aunque no se hubiera realizado reserva (STS, Sala 1.ª, de 27 de mayo de 2019).

– uno de los cónyuges aporta dinero privativo para amortizar el préstamo hipotecario de un bien ganancial: procede igualmente incluir en el pasivo de la sociedad de gananciales un derecho de reembolso a favor del cónyuge que aportó tales fondos privativos, por el importe actualizado de las cantidades que, habiendo sido pagadas por uno solo de los cónyuges, fueran de cargo de la sociedad (artículo 1.398.3.° Cc) (STS, Sala 1.ª, de 13 de septiembre de 2017).

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