Читать книгу Compensaciones e indemnizaciones en las relaciones familiares онлайн

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La modificación de esta pensión temporal podrá traducirse en una reducción de la cuantía fijada porque el desequilibrio haya disminuido, pero no superado, por ejemplo, por un incremento de la fortuna del beneficiario. También puede consistir en una reducción del tiempo establecido inicialmente, porque los patrimonios se han reequilibrado antes de lo previsto, o incluso, porque opere una de las causas legales de extinción. En cambio, entendemos que no puede modificarse para ampliar el tiempo más allá del fijado en la sentencia, pues ese plazo se ha calculado en consonancia con la previsión de superación del desequilibrio producido por el cese de la convivenciassss1. Y es que, como es sabido “la existencia del desequilibrio debe valorarse en el momento de la ruptura de la convivencia y traer causa de la misma” (STS 96/2019 de 14 de febrero RJ 2019, 447). Ese concreto desequilibrio, y no otro, es el que se tiene en cuenta para determinar la procedencia de la pensión, pero también su cuantía y duración. Si los sucesos posteriores a la ruptura no permiten la fijación ex novo de una pensión, tampoco pueden servir para aumentar la cuantía ni prolongar el tiempo de duración inicialmente previsto.

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