Читать книгу Practicum Proceso Penal 2022 онлайн

151 страница из 409

En principio, y como elemental consejo de praxis procesal, es indudable que la personación ha de producirse en la forma más inmediata posible, puesto que en otro caso el proceso penal avanza y puede ocurrir que en el momento en que el perjudicado pretenda personarse, ya solo pueda tener una actuación adhesiva en los términos establecidos en los arts. 109 bis y 110, tras la reforma operada por Ley Orgánica 8/2021. Por este motivo, es transcendente fijar con certeza el requisito temporal que establecen tanto el art. 109 bis como el art. 110 de la LECrim en orden a la personación del perjudicado como acusación particular.

El precepto indica que la personación deberá realizarse antes del trámite de calificación del delito. Sin embargo, como quiera que la personación condiciona el ejercicio del derecho fundamental a la tutela efectiva, la jurisprudencia viene realizando una interpretación amplia de dicho momento procesal, entendiendo que la personación es admisible hasta que la defensa califique el delito, con lo cual extiende la posibilidad de personación a toda la fase intermedia.

Правообладателям