Читать книгу El trabajo a distancia: una perspectiva global онлайн

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– El artículo 42.1 del derogado Convenio Colectivo de ECA Entidad Colaboradora de la Administración, SLU, e Instituto de Calidad, SAU (Código convenio núm. 90100313012016)ssss1, señalaba que las Empresas realizarán pruebas piloto para conocer la viabilidad de la implantación del teletrabajo en sus respectivos ámbitos, para lo que será necesario tener en cuenta las particularidades de la actividad desarrollada por las Empresas. Tras la experiencia piloto, el artículo 44.1 del vigente Convenio Colectivo de ECA Entidad Colaboradora de la Administración, SLU, e Instituto de Calidad, SAUssss1 contempla la plena implantación del teletrabajo, señalando que las Empresas acuerdan la implantación del teletrabajo en sus respectivos ámbitos, siendo necesario tener en cuenta las particularidades de la actividad desarrollada por las Empresas y la voluntariedad de la medida.

Los puestos de trabajo y funciones susceptibles de prestarse a distancia tienen en común que no requieren la presencia física del trabajador en el centro de trabajo. Cuestión distinta es si el puesto de trabajo y las funciones se desempeñan a distancia con igual eficacia y eficiencia que en el centro de trabajo, pero tal aspecto no parece que sea determinante para admitir el trabajo a distancia.

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