Читать книгу Medidas cautelares y diligencias preliminares en el ámbito civil онлайн
225 страница из 361
El Juez tiene discrecionalidad para fijar el importe de la caución (como veremos posteriormentessss1, también para fijar el importe de la caución sustitutoria). Sin embargo, el legislador ha querido ofrecer las siguientes pautas:
3.1. Suficiencia
Como quiera que la finalidad de la caución es la de garantizar al demandado el resarcimiento de los daños y perjuicios que pueda sufrir como consecuencia de haberse adoptado la tutela cautelar en caso de tener que proceder a la modificación o alzamiento de la medida, el Juez debe realizar un cálculo aproximado del importe de los referidos eventuales daños y perjuicios para garantizar, precisamente, que la caución será suficiente para resarcir al demandado de los hipotéticos daños y perjuicios que le causará la medida cautelar en el supuesto de que la misma deba ser modificada o alzada.
3.2. Idoneidad para satisfacer al demandado de forma rápida y efectiva
La idoneidad para satisfacer al demandado de forma rápida y efectiva (art. 728.3 LECiv/2000) viene íntimamente ligada a las formas de caución posibles establecidas en el art. 529.3 in fine LECiv/2000ssss1. Nos referiremos a esta cuestión posteriormentessss1.