Читать книгу Medidas cautelares y diligencias preliminares en el ámbito civil онлайн
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Por último, por lo que se refiere a nuestros tribunales, se ha pronunciado la SAP de Málaga (Sección 5.ª) de 19 de septiembre de 2005 (JUR 2006, 30415) en el sentido de entender que el plazo de veinte días no regirá en los casos de formalización judicial del arbitraje o de arbitraje institucionalssss1.
III. LA SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES INAUDITA PARTE
La regla general establecida en la LECiv/2000 es que, una vez instada la solicitud de medidas cautelares, se dé audiencia al demandado antes de que se resuelva sobre la adopción de las medidas cautelares. Sin embargo, la LECiv/2000 en su artículo 733.2 prevé la posibilidad de que las medidas sean otorgadas sin previa audiencia de la parte afectada por las mismas. Como veremos a continuación, para que no se conceda audiencia es necesario que el instante acredite que existen razones de urgencia o que la audiencia previa pueda comprometer el buen fin de la medida.