Читать книгу Medidas cautelares y diligencias preliminares en el ámbito civil онлайн

46 страница из 361

1.2. Tratamiento en las normas de la Unión Europea

En el ámbito de la Unión europea vamos a seguir a ORTIZ PRADILLOssss1 que distingue, en la exposición de esta cuestión entre las medidas cautelares que se tienen que adoptar en España respecto de procesos extranjeros y aquellas que se tienen que ejecutar en España adoptadas en procesos extranjeros.

A) Medidas cautelares adoptadas en España para garantizar pretensiones seguidas en procesos extranjeros

La normativa aplicable se centra de manera especial en el artículo 35ssss1 Reglamento (UE) 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2012 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, llamado Reglamento Bruselas I bis, que ampara este supuesto disponiendo que “podrán solicitarse a los órganos jurisdiccionales de un Estado miembro medidas provisionales o cautelares previstas por la ley de dicho Estado miembro, incluso si un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro es competente para conocer del fondo del asunto”ssss1.

Правообладателям